e-Magazine       Home         

Art. Barcos

Catálogo Boats

Ocasión

Financiación

Seguros

Megayates

InfoNáutic

Charter

Empresas

Motos Agua

Tienda

Eco-Náutica

Noticias

Regatas

Tablón

Club Fondear

     
     
     
     
     
     
     
   

2018

   Volver Menú Infonautic
 
 

     
 

El caramelo envenenado

y los cambios de la DGMM en materia de seguridad

 

 

 

Hace pocas semanas el Ministerio de Fomento publicó el texto de una posible Orden FOM, sobre el equipo de seguridad para los barcos de recreo.

 

Pero el contenido de la propuesta es inadecuado, injusto y por si fuera poco ilegal, al ir contra el Derecho Europeo y Español ¿Cuáles son las razones reales de la propuesta?

Los sufridos aficionados a la náutica llevamos tiempo denunciando el sinsentido de la ley respecto al material de seguridad. ¿Un botón de muestra? La injusta esclavitud de tener que revisar la balsa salvavidas todos

los años, cuando en realidad los fabricantes, que son quienes más saben sobre ellas, piden una revisión cada 3 ó 4 años.

Pues bien, la propuesta de esta orden FOM da su brazo a torcer pero con reticencias. La DGMM pretende seguir teniendo la razón y limita a un máximo de 3 años el plazo de revisión… Pero bueno… ¿No habíamos quedado en que quien debe indicar esta periodicidad es el fabricante?

Y esto es solo un botón de muestra. Por ejemplo la batería de las radiobalizas vienen certificadas por el fabricante para 6 años en marcas tan prestigiosas como Mc-Murdo. Sin embargo la DGMM se empeña en 'recortar' dos años la duración de estas baterías y hacerlas obsoletas a los 4 años, vaya usted a saber en base a que criterio y arte de 'birli-birloque' ... ¿Cómo puede ser? Si los propios ingenieros que han diseñado la radiobaliza indican 6 años cubriéndose ya en salud puesto que sabemos que incluso con 8, 10 o 12 años las baterías siguen funcionado como hemos podido comprobar en la redacción de Fondear en numerosas ocasiones. Decisiones demenciales que aparente serían resueltas en la propuesta de cambio sobre material de seguridad... PERO...

Aún peor, la orden FOM en ciernes, es en realidad un regalo envenenado, promovido desde la DGMM, preocupados por la abultada perdida de banderas españolas, pérdida de influencia y pérdida de ingresos en tasas y otros impuestos. La DGMM se la intenta "colar" a los navegantes españoles y meter una palada de “cal y otra de arena”. Nada limpio, como ya nos tienen acostumbrados los políticos en España. Pasen y vean...

 

Objetivo real; Cepillarse las Banderas Europeas

La piedra aprieta en el zapato de los directivos del Ministerio de Fomento por culpa de Bruselas. Bien es sabido que cualquiera puede abanderar el barco en un país Europeo en donde las normas de Seguridad, de Equipos radioeléctricos, Revisiones y de Navegación son más acordes y lógicas al tipo de navegación que efectuamos. Barcos de recreo que nada tienen que ver con un buque portacontenedores, un petrolero o un mercante.

Así las cosas, el “refrito” de la Orden FOM introduce una regulación algo más complaciente en material de seguridad, y en ese mismo contenido carga contra las Banderas Europeas, pretendiendo asemejar el material de seguridad para todos los barcos, sean de bandera Española u otras banderas Europeas.

Al pan pan y al vino vino. El ejecutivo está alarmado por la cantidad de barcos que abandonan la bandera Española, hacia otras banderas Europeas más interesantes, racionales y lógicas para el aficionado, como son la Belga o la Holandesa entre otras. Y para frenar esta “sangría” no tiene otra ocurrencia que legislar de forma ilegal, saltándose a la torera normativas y ordenes legales tanto Españolas como Europeas. No está mal…

 

 

Las ilegalidades se pagan

La historia nos recuerda mucho a la barbaridad promovida por el defenestrado presidente Rajoy y su “ocurrente” impuesto al sol. ¿Al Sol? Si, ya lo saben…, las instalaciones solares son ya tan económicas que uno podría montarse sus paneles en casa y “darle puerta” al contrato de Iberdrola, Endesa y demás cleptómanos eléctricos. Afortunadamente Bruselas ha declarado ILEGAL tanto despropósito.

Ante este peligro de perder clientes y el efecto dominó y de contagio entre los vecinos del barrio, (la energía fotovoltaica sigue todavía cayendo en costes y en los próximos meses será aún más justificada y económica la autoproducción a pesar del empeño en negarlo por determinados elementos desinformantes demagogos), el gobierno de Rajoy, es de suponer que “apretado” por otros ex-presidentes y políticos a sueldo de las compañías eléctricas, decidió poner impuestos a la energía eléctrica que usted puede captar del sol con SUS paneles y en SU casa. ¡Ole!

¿Qué políticos fueron los promotores de tal barbaridad hoy ya por fín declarada ilegal? No es ningún secreto y lo han publicado diversos medios. Pero pasen y lean, quienes son y sus sueldos; La lista de “enchufados” no tiene desperdicio y está formada por gente sumamente pública y conocida. 

Publicado en el Mundo. (http://www.elmundo.es/cronica/2014/02/23/530881d922601da2168b456c.html)

 

 

Bruselas pone orden

Hace justamente unos días el Parlamento Europeo ha fallado contra el impuesto al Sol y declarado su ilegalidad. Afortunadamente, porque además de ir contra derecho, contra la lógica y contra la ciudadanía, era sobre todo un adefesio criminal contra lo que más nos debiera preocupar; La ecología y viabilidad de una sociedad que en estos tiempos es totalmente insostenible.

 

Supongo que es fácil vislumbrar el paralelismo, e intuir que aunque fuera aprobada esta orden FOM de Seguridad marítima, inmediatamente sería recurrida y más adelante considerada como ilegal por la Unión Europea. Pueden consultar el contenido en este enlace.  


https://www.fomento.gob.es/NR/rdonlyres/DB045E8C-8E46-47BB-BCAF-6E1FD706A3FE/149359/Orden_FOM_seguridadembarcacionesderecreo_AP11mayo2.pdf

 

 


Un contenido desafortunado

 

Básicamente, este texto indica lo que hay que llevar a bordo en equipamiento de seguridad, y bajo la excusa de modernizar la ley, pretende hacer extensivo este régimen a todas las embarcaciones de recreo que naveguen por aguas españolas (siempre que no estén de paso), abanderados en España, banderas Europeas, o las que sean.
 
Analizado el texto, no se trata de una modernización. Realmente se trata de hacer aplicable este régimen de equipamiento de seguridad español, a embarcaciones de recreo abanderados en otros países, lo cual va en contra del Derecho por diversos problemas legales:

1.  El articulo 10, 2. del Código Civil dice textualmente: “Los buques, las aeronaves y los medios de transporte por ferrocarril, así como todos los derechos que se constituyan sobre ellos, quedarán sometidos a la ley del lugar de su abanderamiento, matrícula o registro.” Una Orden Ministerial no puede derogar al Código Civil.

2.  El art. 97 de la Ley 14/2014 de 24 de julio, a la cual hace referencia explícitamente el Proyecto de Orden hace referencia muy claramente a “los buques y embarcaciones nacionales”. Obviamente, una embarcación abanderada en otro país no es una embarcación nacional.

3.  El Proyecto también hace referencia al Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (Real Decreto 2/2011, de 5 de septiembre) en el articulo 9.1 del cual se indica que la flota civil española incluye los buques de recreo y deportivos nacionales. ¿Desde cuándo una embarcación abanderada en otro estado es una embarcación nacional española?

 

Modernizar la Bandera Española

Al igual que con el pasado real decreto de megayates y la reforma de las titulaciones, y a pesar de las numerosas reuniones y propuestas hechas por los usuarios de náutica a través de organizaciones como por ejemplo ANAVRE, la DGMM ha desaprovechando una oportunidad real de modernizar la legislación y hacer de la bandera española un pabellón atractivo no sólo para españoles, sino también para ciudadanos de otros países que utilizan nuestros puertos y costas como base permanente para sus embarcaciones.

En primer lugar, destaca el incumplimiento del acuerdo al que se llegó tras meses de negociaciones con las estaciones revisoras de balsas y la anterior DGMM, Dª María Isabel Durántez Gil, que lo anunció en el Salón Náutico de Barcelona de 2011, según el cual las balsas salvavidas serían revisadas según especificaciones y recomendaciones del fabricante, SIN plazo máximo. No sólo han tardado años en implementar un acuerdo que les vinculaba, sino que el actual equipo de la DGMM lo ha alterado, suponemos que cediendo a presiones de índole empresarial.


Por otra parte, consideramos que la pretensión de extender la aplicación de esta normativa a cualquier embarcación que esté en España y sea propiedad de una persona física o jurídica residente en España no sólo contraviene la legislación española, donde normas de rango superior establecen que las embarcaciones se regirán por la legislación de su pabellón, sino también los tratados internacionales suscritos por España en esta materia, e incluso el principio de igualdad establecido en el artículo 14 de la Constitución, ordenamientos todos ellos que ya se conculcaron mediante la disposición adicional quinta del Real Decreto de titulaciones para el manejo de embarcaciones de recreo.
 
Asimismo, consideramos que se ha perdido la oportunidad de avanzar en la modernización de nuestra normativa al no incluir la posibilidad de sustituir las señales pirotécnicas de emergencia por equipos led y láser que ya han mostrado su efectividad y son admitidos por otros estados de la UE. liberando así a las tripulaciones de llevar a bordo auténticos artefactos explosivos, cuyo reciclaje es, además, extremadamente complicado.


 
El motivo de que muchos armadores españoles hayan cambiado el pabellón de sus embarcaciones no es el que sus legislaciones sean más laxas o permisivas, tal y como afirma la exposición de motivos del texto, en lo que consideramos un insulto intolerable a los navegantes españoles, sino que dichas normativas son más flexibles y permiten al armador equipar su embarcación de acuerdo con sus criterios en la elección de material, estableciendo plazos de revisión lógicos que permiten evitar gastos innecesarios y así poder aumentar el nivel de inversión efectiva en seguridad y prevención a bordo, además de permitir el acceso a equipos de última generación que muchas veces no están disponibles en nuestro país o no se pueden instalar en embarcaciones de pabellón español porque no han pasado los procedimientos específicos de homologación de la DGMM; que parece considerar insuficiente en muchas ocasiones que dichos equipos cuenten ya con el marcado CE.

Requisitos de homologación que no sólo encarecen los equipos, sino que en muchas ocasiones impiden su acceso al mercado español. Los navegantes somos un colectivo responsable, no una grupo necesitado de guía y supervisión constante.

Tenemos que recordar a la DGMM que las vidas en juego en el mar son las nuestras, y también que llevan años incumpliendo su compromiso de facilitar a Anavre (Asociación de Navegantes de Recreo) el desglose de la casuística de accidentes e incidentes en la náutica recreativa para que todos podamos contribuir a su prevención.

 

 

      Artículos relacionados:

           - VHF con llamada Selectiva Digital a "solas" con la seguridad

   - Bandera Belga; cuándo si y cuándo no

   - Equipos de seguridad

   - Impuestos; el rumbo inadecuado

   - Los impuestos machacan a la náutica

   - Rectificar con urgencia


 

 

 

 

Tel: +34 91-6319190        info@fondear.com 


© Copyright   Fondear, S.L.