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Ante una Situación de Emergencia

  1.- Si la embarcación se encuentra en grave e inminente situación de peligro, transmita la llamada de socorro (como se detalla en Llamada de Socorro). Si dispone de radiobaliza, actívela manualmente

  2.- Si necesita ayuda urgentemente, pero no está en peligro inminente, deberá emitir la señal PAN, PAN, PAN, en las mismas frecuencias antes citadas.

  3.- Recuerde que el uso del teléfono móvil para hacer una llamada de socorro tiene el inconveniente de su limitado alcance y de la difícil localización de la posición de la llamada por parte de los servicios de Salvamente Marítimo

  4.- Si utiliza el VHF, los sistemas de radiogoniometría podrán localizar su posición exacta de manera automática.

  5.- Si no dispone de medios de comunicación (algo que debería hacerle reflexionar sobre su seguridad), utilice las señales de socorro reglamentarias: bengalas, banderas, botes de humo, señales acústicas, etc.

  6.- En caso de solucionar la emergencia por sus propios medios, después de haber hecho la llamada de socorro, avise a los medios de salvamento para poner fin a la emergencia: puede haber desencadenado una compleja y costosa operación de búsqueda y salvamento.

 

  7.- Si no ha podido resolver la situación no abandone el barco si no es en caso extremo. En caso de vuelco permanezca en las proximidades para ser localizado más fácilmente. No intente ganar la costa a nado.

 

 

Si avista o recibe señales

de otra embarcación en peligro

  1.- Acuda rápidamente en su auxilio, siempre que o ponga en peligro su propia seguridad.

  2.- Póngase en contacto con el centro de Salvamento Marítimo o Estación Radiocostera más próxima y contacte con otros buques en sus proximidades. Hágalo por medio del Canal 16 de VHF banda marina o 2.182 Khz en onda media

  3.- Si no dispone de medios de comunicación, advierta a otras embarcaciones cercanas por medio de señales de socorro. Si no puede prestar ayuda, diríjase al puerto más cercano para informar de la situación.

El artículo 116 de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante tipifica como infracción muy grave el empleo sin necesidad de las señales de socorro.

 

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