e-Magazine       Home         

Art. Barcos

Catálogo Boats

Ocasión

Financiación

Seguros

Megayates

InfoNáutic

Charter

Empresas

Motos Agua

Tienda

Eco-Náutica

Noticias

Regatas

Tablón

Foro

 

 
    Volver Menú Infonautic
 
 

     
 

Aprobada la nueva normativa sobre titulaciones náuticas

 

 

Por fin ha sido publicada la tan anunciada orden ministerial que la administración justifica por los avances tecnológicos habidos, la entrada en vigor del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima y la seguridad de la vida humana en la mar y que en sus partes más relevantes, entrará en vigor el 3 de noviembre de 2008. Es decir, en nada afecta a quienes estén realizando actualmente los cursos para la obtención de una titulación de recreo.

Otra cuestión es que quienes estén pensando en obtener una titulación deberían hacerlo antes del próximo otoño en que los requisitos para obtenerlas se endurecerán como explicamos a continuación.

Las titulaciones y sus atribuciones siguen siendo las mismas, salvo para PNB que aumenta de 6 a 7,5 metros de eslora. En cuanto a los requisitos para obtenerlas, las cosas cambian. Respecto a las prácticas, para Capitán de Yate pasan de 20 a 48 horas y las de Patrón de Yate de 20 a 24 horas, si bien permiten realizarlas de forma continuada, sin interrupción. Para PER pasa de 12 a 16 horas y para PNB de 4 a 12 horas. Las de vela de 16 a 20 horas.

 

Atribuciones y requisitos

para los nuevos Patrones y Capitanes

Respecto a las atribuciones y requisitos para la obtención de titulaciones náutica de recreo se establecen algunos cambios con la anterior normativa. Los requisitos se resumen en la ampliación de las horas de prácticas, la aparición de las prácticas de radiocomunicaciones y la ampliación del temario del examen teórico. Respecto a las atribuciones, lo mas llamativo, es una ligera ampliación en la eslora máxima permitida para los poseedores del título de Patrón de Navegación Básica.

Podrá obtenerse el título de Patrón de Navegación Básica o directamente el de Patrón de Embarcaciones de Recreo sin tener alguna titulación previa. Para ello será necesario ser mayor de edad o tener 16 años y presentar una autorización paterna.

Patrón de Navegación Básica (P.N.B).

Atribuciones: Gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 8 metros de eslora si son de vela y de hasta 7,5 metros de eslora si son de motor, con la potencia de motor adecuada a la misma, siempre que la embarcación no se aleje mas de 5 millas, en cualquier dirección de un abrigo. Además podrá gobernar motos acuáticas.

Requisitos: Aprobar el examen teórico correspondiente, acreditar el reconocimiento médico, acreditar la realización de unas prácticas básicas de seguridad y navegación, cuya duración no podrá ser inferior a 12 horas y que se realizarán en una embarcación de una escuela homologada y realizar las prácticas reglamentarias de radiocomunicaciones cuya duración no podrá ser inferior a 2 horas.

Patrón de Embarcaciones de Recreo (P.E.R).

Atribuciones: Gobierno de embarcaciones de recreo a motor o a motor y vela de hasta 12 metros de eslora, para la navegación que se efectúe en la zona comprendida entre la costa y la linea paralela a la misma trazada a 12 millas, así como la navegación interinsular en los archipiélagos balear y canario. Además podrá gobernar motos acuáticas.

Requisitos: Aprobar el examen teórico correspondiente, acreditar el reconocimiento médico, acreditar la realización de unas prácticas básicas de seguridad y navegación, cuya duración no podrá ser inferior a 16 horas y que se realizarán en una embarcación de una escuela homologada y realizar las prácticas reglamentarias de radiocomunicaciones cuya duración no podrá ser inferior a 2 horas.

Patrón de Yate.

Atribuciones: Gobierno de embarcaciones de recreo a motor o a motor y vela de hasta 20 metros de eslora, para la navegación que se efectúe en la zona comprendida entre la costa y la linea paralela a la misma trazada a 60 millas, así como la navegación interinsular en los archipiélagos balear y canario. Además podrá gobernar motos acuáticas.

Requisitos: Estar en posesión del título de Patrón de Embarcaciones de Recreo, aprobar el examen teórico correspondiente, acreditar el reconocimiento médico, acreditar la realización de unas prácticas básicas de seguridad y navegación, cuya duración no podrá ser inferior a 24 horas, de las cuales, al menos, 8 horas serán de navegación nocturna, y que se realizarán en una embarcación de una escuela homologada y realizar las prácticas reglamentarias de radiocomunicaciones cuya duración no podrá ser inferior a 4 horas.

Capitán de Yate.

Atribuciones: Gobierno de embarcaciones de recreo a motor o a motor y vela para la navegación sin límite alguno, cualquiera que sea la potencia del motor y las características de la embarcación. Además podrá gobernar motos acuáticas.

Requisitos: Estar en posesión del título de Patrón de Yate, aprobar el examen teórico correspondiente, acreditar el reconocimiento médico, acreditar la realización de unas prácticas básicas de seguridad y navegación, cuya duración no podrá ser inferior a 48 horas, de las cuales, al menos, 12 horas serán de navegación nocturna, y que se realizarán en una embarcación de una escuela homologada y realizar las prácticas reglamentarias de radiocomunicaciones cuya duración no podrá ser inferior a 8 horas.

Habilitación a vela.

Para el manejo de embarcaciones a vela será preciso obtener previamente la habilitación para su gobierno, para lo cual será necesario realizar, además de las prácticas básicas de seguridad y navegación establecidas para cada título, prácticas en embarcaciones de vela. Su duración no podrá ser inferior a 20 horas para los títulos de Patrón de Embarcaciones de Recreo, Patrón de Yate y Capitán de Yate y no podrá ser inferior a 8 horas para el título de Patrón de Navegación Básica.

 

Como novedad, se establecen prácticas de radio en simuladores de las escuelas, de 8 horas de duración para los aspirantes a Capitán, de 4 para Patrón de Yate, y de 2 horas para PER o PNB.

 

Nuevas prácticas de radiocomunicaciones

 

Como norma general, podrán realizarse antes o después de superar el examen teórico y tendrán una validez de 18 meses dentro de los cuales habrá que superar el examen teórico y realizar las prácticas básicas de seguridad y navegación. La realización de estas prácticas será obligatoria para la obtención de titulaciones náuticas a partir del 3 de noviembre del 2008.

Estas prácticas se realizan en simuladores de las escuelas náuticas que desde la consola del alumno simulan una estación barco equipada con transceptor de VHF, de MF/HF, ambos con DSC (llamada selectiva digital) y radiotelefonía, sistema de navegación por satélite GPS/DGPS, receptor NAVTEX y estación terrena de buque de inmarsat. Además la escuela deberá contar con una radiobaliza por satélite de 406 MHz, respondedor de radar de 9GHz y VHF portátil.

Durante estas prácticas el alumno aprenderá los procedimientos para emitir y recibir llamadas de socorro en radiotelefonía y en DSC; llamadas de correspondencia pública, así como el uso y cuidados de la radiobaliza, respondedores y receptores Navtex.

 

En cuanto a los exámenes teóricos, se incluyen preguntas de tecnología de vela y de radio en los de PNB y para los de PER se introducen preguntas de vela y se establece que las preguntas de Propulsión Mecánica serán eliminatorias. Los Patrones de Yate, tendrán que resolver ejercicios sobre consumos en las preguntas de propulsión mecánica. Los Capitanes de Yate tendrán que superar un nuevo examen de Radiocomunicaciones.

 

¿Como serán los nuevos exámenes teóricos?

La nueva normativa sobre titulaciones náuticas de recreo trae consigo algunos cambios en el formato de los exámenes teóricos. Destacamos principalmente la ampliación del temario y del número de preguntas y la aparición de nuevos bloques de preguntas eliminatorios que dificultarán un poco mas la superación de la prueba.

El examen teórico de Patrón de Navegación Básica constará como máximo de una hora y 15 minutos. El test será de 40 preguntas, de las cuales, al menos 28 deberán ser resultas correctamente para superarlo, además de responder correctamente 7 de las 10 preguntas de reglamento de abordajes, 2 de las 4 preguntas de balizamiento y 2 de las 4 preguntas de propulsión.

En cuanto al examen teórico de Patrón de Embarcaciones de Recreo, la duración máxima será de dos horas y 30 minutos. El test tendrá 75 preguntas, de las cuales 53 deberán ser contestadas correctamente para superar la prueba, además de responder correctamente 11 de las 15 preguntas de reglamento de abordajes, 2 de los 4 ejercicios de carta, 3 de las 5 preguntas de balizamiento y 3 de las 5 preguntas de propulsión.

El examen de Patrón de Yate seguirá en 5 pruebas independientes, que podrán ser superadas en convocatorias diferentes. Las asignaturas y la duración máxima del examen de cada una de ellas son: Seguridad (30 minutos), Navegación. Teoría y ejercicios de carta (2 horas), Radiocomunicaciones (45 minutos), Meteorología y oceanografía (30 minutos), Legislación (30 minutos).

 

 

El examen de Capitán de Yate también seguirá divido en 6 pruebas independientes, que podrán ser superadas en convocatorias diferentes. Las asignaturas y la duración máxima del examen de cada una de ellas son: Teoría de la navegación (1 hora), Cálculo de navegación (3 horas), Meteorología y oceanografía (1 hora), Teoría del buque (1 hora), Inglés (Ejercicio escrito 30 minutos y ejercicio oral 15 minutos) y Radiocomunicaciones (1 hora).

 

 

Pros y contras de la nueva normativa sobre títulos náuticos

 

La entrada en vigor de la nueva normativa sobre titulaciones, debería significar una mejor preparación práctica de los futuros patrones al aumentar el número de horas de prácticas necesarias para obtener una titulación: En Capitán de Yate serán necesarias 48 horas en vez de las 20 de la normativa anterior, más 8 horas de prácticas de radio; Para los Patrones de yate el número de horas asciende a 24 en vez de 20, más 4 horas de prácticas de radio; 16 horas en vez de 12 para los Patrones de Recreo, más 2 horas de prácticas de radio; 12 horas en vez de 4 para los Patrones Básicos, más 2 horas de prácticas de radio, y 20 horas en vez de 16 para la habilitación a vela. Es un incremento importante que, como decíamos, debería traducirse en una mejor preparación práctica en seguridad, navegación y comunicaciones de los futuros patrones.

En cuanto a la formación teórica, la obligatoriedad de que las escuelas para la formación teórica cumplan una serie de requisitos relativos a la idoneidad del profesorado, elevará la calidad de la enseñanza y erradicará el intrusismo en esta actividad.

Otra cuestión positiva de la nueva norma son las campañas de divulgación sobre seguridad de la vida humana en la mar, salvamento marítimo, contaminación y del sistema mundial de socorro, que realizará la Dirección General de la Marina Mercante en colaboración con otras instituciones entre las que cabe destacar a las escuelas náuticas, con el fin de lograr un comportamiento responsable de los futuros patrones.

Los aspectos negativos pueden resumirse en una inevitable elevación de los precios de la formación teórico-práctica; en el mayor número de horas que los alumnos tendrán que dedicar a su formación, y en los nuevos requisitos para superar los exámenes teóricos: Responder correctamente a dos de las cuatro preguntas sobre propulsión mecánica y a las preguntas sobre tecnología vélica que formularán a los Patrones de Recreo y de Navegación Básica. Para los Capitanes, aprobar una nueva asignatura: Radiocomunicaciones.

En todo caso, esta nueva norma sigue adoleciendo del mismo defecto de la anterior: Una formación teórica obsoleta en muchas cuestiones, y pobre en las nuevas técnicas de navegación electrónica como es el GPS, las cartas electrónicas, etc.

Se echan en falta además algunas otras aclaraciones y medidas, como la validez de las prácticas de cualquier comunidad autónoma, independientemente de donde se tramiten estas. La unificación de criterios en todas las comunidades autónomas respecto a los trámites, plazos de matriculación, documentos necesarios, fechas de publicación de examen, etc.

 

¿En qué me afecta la nueva normativa sobre titulaciones náuticas?

 

Los titulados actuales seguirán en posesión de su título. A su caducidad, les expedirán el título nuevo que, como se ha dicho, tiene las mismas atribuciones que los actuales, salvo el PNB que cambia de 6 a 7,5 metros.

Las personas que hubiesen aprobado su examen teórico con anterioridad a la entrada en vigor de esta nueva orden; es decir antes del pasado 3 de noviembre y que no hayan realizado las preceptivas prácticas, dispondrán de dieciocho meses a contar desde la fecha en que aprobaron su examen teórico, transcurridos los cuales sin haberlas realizado tendrían que realizar las prácticas reguladas en esta nueva orden incluidas las de radiocomunicaciones.

Quienes estén realizando su curso ahora o esté pensando en obtener una titulación, se regirán por la normativa actual si aprueban o realizan sus prácticas antes del 3 de noviembre de 2008; es decir, no tendrán que realizar el incremento de horas de prácticas ni las prácticas de radio.

 


Respecto a los alumnos de Capitán y Patrón de Yate con asignaturas aprobadas en convocatorias anteriores, nada se especifica en la nueva norma si bien es de esperar que sigan respetando las asignaturas aprobadas como venían haciendo hasta ahora.

Los antiguos titulados de Motor 2ª, Motor 1ª o de embarcaciones deportivas a vela obtendrán, a su renovación, el título de PNB directamente, o el de PER si hacen las prácticas de PER antes del 3 de noviembre de 2008. Si las realizan después de esta fecha tendrán que realizar también las de radio.

Los antiguos titulados de Patrón de Litoral obtendrán a su renovación el de PER, o el de Yate si hacen las prácticas de Patrón de Yate antes del 3 de noviembre de 2008. Si las hacen después, tendrían que realizar además, las de radio.

Los antiguos titulados de Patrón de Altura, obtendrán a su renovación el título de capitán de Yate

 

 

 

 

    Artículos relacionados:

   - Aprobado el R.D. sobre la nueva normativa sobre Titulaciones Náuticas - 2.014

   - Titulaciones Náuticas

   - Obtención de Titulaciones Náuticas

   - ¿Debería ser obligatoria la titulación náutica?

   - Patrón de Navegación Básica: PNB - Temario

   - Patrón de Embarcaciones Recreativas: PER - Temario

   - Patrón de Yate: PY - Temario

   - Capitán de Yate: CY - Temario

   - ¿Cuánto tiempo necesito para preparar un título náutico?

   - ¿Cómo preparar el PER con garantías de aprobrado?

   - Prácticas de navegación para títulos náuticos

   - Zonas de Navegación


 

 

 

 

 

Tel: +34 91-6319190        info@fondear.com 


© Copyright 2007    Fondear, S.L.