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Hacer un seguro náutico en tiempos de crisis

De primeras dadas debería ser lo mismo… Pero cuando la situación financiera es de mucha gravedad, como es el caso, debemos fijarnos más que nunca en la compañía aseguradora escogida. ¿Quién está detrás de la aseguradora? Para firmar, todo son facilidades, pero cuando llega un siniestro, y Dios no lo quiera, entonces entra en juego la “calidad” y solvencia de la compañía escogida…

 

En caso de haber elegido una compañía de seguros poco formal veremos como nuestra reclamación empieza a tener “peros” y comienzan las demoras, los disgustos y los problemas. Aparecerá la letra pequeña y la pequeñísima que nunca nadie lee, pero eso sí, la aceptamos al firmar la póliza de seguros! Si no queremos líos, debemos saber algo de la empresa aseguradora y no dejarnos “comer el coco”, pues nadie regala duros a cuatro pesetas!

Para poder elegir nuestro seguro con buen criterio debemos saber cómo funcionan las empresas de seguros. Cuando uno contrata una póliza de por ejemplo 1.000€, el dinero abonado se utiliza para pagar por ejemplo 700€ a un reaseguro, que no es más que otra compañía de mayor capacidad para aceptar riesgos, y que normalmente es una empresa internacional de mucha magnitud cuyo negocio es la recompra de riegos. Los 300€ de diferencia sirven para pagar la estructura administrativa, las secretarias, el personal, comerciales y alquileres de locales de la empresa con la que usted ha contratado su seguro.

 

 

 

 

 

Este es el esquema básico de cualquier compañía de seguros y por tanto un seguro será tanto mejor, cuanto mejor sea la reaseguradora. Naturalmente también es importante la organización interna y administrativa de la compañía de seguros con la que usted contrata, pero lo primordial son los “cimientos”.

 

Es decir, quién es el garante final, que a la postre es el que se hará cargo del pago de nuestro siniestro. Esto es muy importante, especialmente en estos tiempos “revueltos” en donde hasta los bancos más importantes del mundo pueden darnos una terrible sorpresa con nuestros ahorros de toda la vida!

Una vez elegida la compañía, deberá estudiar el riesgo que quiere cubrir y las posibles indemnizaciones pactadas. ¿Cuánto le pagarán si su barco de hunde o se quema?, ¿Con qué demora se tramitará un posible siniestro?,  ¿Con quién tendremos que hablar en caso de producirse algún siniestro?,….

Este último punto debe ser también tenido muy en cuenta, pues con algunas aseguradoras el follón administrativo es sólo comparable al de las empresas operadoras de telefonía. El número de teléfono al que llama, le dirige a otro nuevo el cual le ofrece tres opciones de las cuales la dos primeras no son válidas y la tercera le encamina al teléfono primero, etc… Lo mejor es asegurarse de tener un ÚNICO interlocutor en su empresa de seguros que se encargue de resolver todos sus problemas.

Al contratar el seguro debe elegir la opción deseada tanto en responsabilidad civil como en coberturas sobre el barco y sus posibles accesorios. La responsabilidad civil obligatoria, de obligada contratación para todo tipo de embarcaciones tiene como objeto cubrir las reclamaciones que puedan ser objeto el armador o patrón por los daños que causen a cosas o personas, incluso sin culpa, en el uso de la embarcación.

 

La pérdida total de la embarcación y averías particulares contemplará los siniestros tanto por la pérdida por destrucción o hundimiento, como el robo total o parcial, si bien ha de tenerse en cuenta que para que la compañía de seguros reconozca el robo, éste ha de ser con fuerza en las cosas o en las personas, pues de lo contrario se contemplaría como hurto y quedaría excluido de la cobertura.

 

 

 

Normalmente las compañías de seguros prevén que tendrá consideración de pérdida total cuando la reparación cueste un 80% del valor asegurado. En las averías particulares existen dos tipos de indemnizaciones “con o sin deducción”, en el primero de los casos se deduce del valor de la pieza cambiada el precio del elemento dañado o sustituido, si lo tiene.

 

 

 

 

 

 

 

 

También se debe verificar si la póliza incluye un seguro de accidentes de ocupantes, y prevé indemnizaciones para todos, incluso el patrón e invitados en caso de accidente.  Otras opciones incluyen la reclamación de daños, para cuando somos objeto de un daño en el ámbito del seguro de responsabilidad civil obligatorio y tenemos derecho de reclamar al causante. Correrá a costa de la aseguradora los gastos de reclamación. La asistencia jurídica, prevé que la compañía aseguradora actúe en defensa de los intereses del asegurado, tanto en reclamación extrajudicial y administrativa como judicial.

Finalmente la asistencia en el mar prevé  entre otros el abono de los gastos en caso de requerir asistencia en el mar –remolque-, repatriación o transporte del asegurado e invitados.

Cuidado con las pólizas “chollo” ya que probablemente a la hora de reclamar podrían hacerse los “remolones” y acabar todos con problemas.

 

 

 

 

 

 

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