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Pupilaje de nuestra embarcación: el seguro

Vamos a tratar un aspecto relativo al pupilaje de las embarcaciones y yates durante el invierno, cuando muchos armadores deciden invernar sus barcos, dado que no se van a utilizar durante varios meses. Cuando decidimos que la embarcación sea depositada en un parking o nave, dentro de algún Club Náutico o Taller de náutica.

 

¿Qué pasa con el seguro?

Si le ocurre alguna cosa a nuestra embarcación dentro de esa nave: incendio, robo, caída, etc.  ¿quién se hace cargo de este posible siniestro?

Lo normal y correcto es que el responsable del parking, nos entregue un contrato de pupilaje, con todas las condiciones económicas relativas a nuestra embarcación, día de entrada, precio por día o por mes, o forfait anual. Es muy importante que en ese documento o en un anexo, se detallen las cosas sueltas que se dejan a bordo (equipo de buceo, material de seguridad, media botella de güisqui, etc).

En caso de robo será el documento de referencia para poder aclarar las cosas y reclamar.

Y el SEGURO. Debe indicar si la empresa responsable dispone de un seguro que cubra los posibles incidentes a la embarcación durante el tiempo de su depósito.

O quizás indique que el propietario de la embarcación es el obligado a contratar un seguro para este fin.

Cuando es la empresa la titular del seguro, que es lo habitual y más correcto, debe pagar a su compañía de seguros una prima por el valor de todas las embarcaciones depositadas, y lógicamente repercute este coste en el precio del parking, bien separadamente o dentro del precio global.

¿Y SI NOSOTROS ya tenemos un seguro a TODO RIESGO, que ampara las mismas coberturas?  Estaremos pagando dos veces por lo mismo y en caso de siniestro, SÓLO cobraremos UNA VEZ.

 

Nuestro consejo

 

Pedir una información clara a este respecto y en su caso, consultar a nuestra compañía o agente de seguros e intentar NEGOCIAR una rebaja en el precio, renunciando a la cobertura del seguro del parking, presentando la fotocopia de nuestro recibo de seguro. En todos los casos, en el contrato de pupilaje debe figurar la Compañía de Seguros y el nº de póliza suscrita por el titular del parking.

 

 

 

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