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FAQs Leasing Náutico Italiano

 

 

FICHA DE PRODUCTO

   >100.000
   Hasta 7 años
   Lista 7ª
   Lista 6ª
   Se requiere justificar utilización fuera de la CE
   Sociedad - Particular
   Respuesta aprox. 4 semanas
   IVA del 6% al 12%

 

 

 

 

¿Cómo Funciona?

El leasing náutico italiano es un sistema de financiación mediante arrendamiento financiero, con Opción de compra, contratado con una entidad financiera o Banco Italiano, cuyo titular podrá ser un Particular o una Sociedad, que permite fraccionar el pago del IVA y de parte del valor del barco, mediante la aportación de una entrada de aprox. un 30%.

Si se cumplen determinados requisitos es posible beneficiarse de una reducción del IVA que se aplica en las cuotas del leasing, (no en la opción de compra)  que varía en función de si el barco es de Vela o Motor, y de la eslora, pudiendo llegar la reducción hasta un 6% en los de mayor eslora (> 24 mts).

 

¿A qué barcos se puede aplicar el Leasing Italiano?

A cualquier embarcación Nueva, de un valor mínimo de 100.000.-€ que puede ser comprada en España o de importación, y destinada a su uso en España y fuera de España , matriculada en lista 7ª de recreo o en lista 6ª .  Puede ser embarcación.

 

 

 

 

¿Plazo corto o Plazo largo?

Los plazos en leasing italiano oscilan entre un mínimo de 48 meses y un máximo de 84 meses. En algunos casos se puede llegar hasta los 10 años.

 

 

¿y la Matriculación?

La realizará la gestoría especializada del banco, en lista 7ª o 6ª, y a nombre de la entidad financiera como armador-propietario, reflejándose la figura del arrendatario y la opción de compra en la documentación del barco. Aunque sea leasing italiano, la bandera será española.

 

 

¿y el Seguro?

Se debe contratar un seguro a todo riesgo, con cesión de derechos a favor del banco, como una garantía adicional. La Gestoría del banco se ocupa de su tramitación y siempre con Compañías de Seguros de primer orden.

 

 

¿Qué nos pide el banco?

Lo habitual para el estudio de una operación de crédito, en función de si se trata de persona física o sociedad: Fotocopia del DNI, Declaraciones fiscales, Nóminas y justificantes de ingresos, Escrituras, Balances, etc.

 

 

¿Tipo fijo o Tipo variable?

Tipo variable en función del Euribor 3 meses + un diferencial. Además el banco cobrará una comisión de Estudio y tramitación.

Tipo fijo durante todo el contrato, referenciado al IRS en Italia más un diferencial.

 

¿Existe algún requisito para obtener la reducción del IVA?

Este requisito es de carácter Fiscal y se basa en que la embarcación navege tanto en aguas Europeas o Españolas y fuera de ellas por encima de las 25 millas y en países No comunitarios.

En este momento existe un debate en Italia de si es necesario demostrar o no la utilización y estancia de la embarcación fuera de la CEE.

Si no se cumple este requisito, se puede financiar pero se podría aplicar el IVA normal en Italia, que es el 20%.

Igualmente es posible acogerse a un IVA “cero” en el leasing si siempre se navege fuera de la CEE, o a una combinación entre el IVA “cero” y el IVA 20% en función de los meses de utilización y estancia dentro y fuera de Europa.

 

 

 

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