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FAQs Leasing Náutico Francés

 

 

 

FICHA DE PRODUCTO

   >40.000
   Hasta 7 años
   Lista 7ª
   Lista 6ª sin exención del 12%
   Zona mínima de navegación 3 (25 millas) con el equipo de seguridad correspondiente
   Sociedad - Particulares
   Respuesta aprox 4 semanas
   IVA 9,8% en las cuotas

 

 

 

¿Cómo Funciona?

El leasing náutico francés es un sistema de financiación mediante arrendamiento financiero, con Opción de compra, contratado con un Banco francés, cuyo titular puede ser ser una Sociedad o un Particular y que permite fraccionar el pago del IVA y de parte del valor del barco, mediante la aportación de una entrada de aprox. un 30%.

Si se cumplen determinados requisitos es posible beneficiarse de un IVA reducido al 9,8% en las cuotas (no en la opción de compra).

 

¿A qué barcos se puede aplicar el Leasing Francés?

A cualquier embarcación Nueva, de un valor mínimo de 40.000.-€ que puede ser comprada en España o de importación, y destinada a su uso en España, matriculada en lista 7ª de recreo. Puede ser embarcación de motor o de vela.

 

 

 

 

 

¿Plazo corto o Plazo largo?

Los plazos en leasing francés oscilan entre un mínimo de 3 años y un máximo de 15 años

 

 

¿y la Matriculación?

La realizará la gestoría especializada del banco, en lista 7ª o 6ª, y a nombre de la entidad financiera como armador-propietario, reflejándose la figura del arrendatario y la opción de compra en la documentación del barco. Aunque sea leasing francés, la bandera será española

 

 

¿y el Seguro?

Se debe contratar un seguro a todo riesgo, con cesión de derechos a favor del banco, como una garantía adicional. La Gestoría del banco se ocupa de su tramitación y siempre con Compañías de Seguros de primer orden

 

 

¿Qué nos pide el banco?

Lo habitual para el estudio de una operación de crédito, en función de si se trata de persona física o sociedad: Fotocopia del DNI, Declaraciones fiscales, Nóminas y justificantes de ingresos, Escrituras, Balances, etc

 

 

¿Tipo fijo o Tipo variable?

Tipo variable en función del Euribor + un diferencial. Además el banco cobrará una comisión de Estudio y tramitación.

Tipo fijo en el caso de algunas entidades en base a un índice francés.

 

 

¿Existe algún requisito para obtener la reducción del IVA?

Si, normalmente el banco exige que la embarcación sea de mayor de 7 mts. de eslora de homologación (no la comercial) y además que la embarcación se matricule en una zona mínima de 25 millas, ZONA 3, con la consiguiente obligación de comprar y llevar a bordo una Balsa, Radiobaliza, VHF y resto de equipamiento homologado obligatorio para ese tipo de navegación.

Este requisito es de carácter Fiscal y es independiente a que el cliente No desee navegar por encima de las 25 millas. El Forfait del IVA reducido se basa en la posibilidad de que la embarcación navegue dentro y fuera de la CE y del límite de las 25 millas. Al menos el permiso de navegación debe permitir una distancia suficiente para salir de la CE, aunque hoy por hoy ,no es obligatorio justificarlo

Si no se cumple este requisito, se puede financiar pero se aplicará el IVA normal en Francia, cercano al 20%.

 

 

 

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